Activismo Judicial
Artículo sobre los límites del activismo judicial en la actuación de la administración pública, O Estado de S. Paulo, 2020.
Traducción del texto original.
Es el momento de reflexionar más sobre los límites de la actuación judicial que involucra a la administración pública
Como señaló el profesor Luís Roberto Barroso, antes de asumir la silla de ministro del Supremo Tribunal Federal (STF), “la idea de activismo judicial está asociada a una participación más amplia e intensa del Poder Judicial en la concreción de los valores y fines constitucionales, con mayor interferencia en el espacio de actuación de los otros dos Poderes. La postura activista se manifiesta mediante diferentes conductas, que incluyen: 1) la aplicación directa de la Constitución a situaciones no expresamente contempladas en su texto e independientemente de manifestación del legislador ordinario; 2) la declaración de inconstitucionalidad de actos normativos emanados del legislador, con base en criterios menos rígidos que los de patente y ostensible violación de la Constitución; 3) la imposición de conductas o abstenciones al poder público, notablemente en materia de políticas públicas” (Judicialización, Activismo Judicial y Legitimidad Democrática).
El activismo tiene múltiples efectos negativos sobre los demás Poderes de la República, pues viola la separación entre ellos y acarrea el debilitamiento de otros Poderes en beneficio del agigantamiento del Poder Judicial y de las instituciones que le son inherentes, como el Ministerio Público.
Dijo, en este contexto, Barroso que “la importancia de la Constitución – y del Poder Judicial como su intérprete mayor – no puede suprimir, por evidente, la política, el gobierno de la mayoría, ni el papel del Legislativo. La Constitución no puede ser ubicua. Observados los valores y fines constitucionales, corresponde a la ley, votada por el Parlamento y sancionada por el presidente, hacer las elecciones entre las diferentes visiones alternativas que caracterizan a las sociedades pluralistas. Por esa razón, el STF debe ser deferente con las deliberaciones del Congreso. (…) Solo actúan, legítimamente (jueces y tribunales), cuando son capaces de fundamentar racionalmente sus decisiones, con base en la Constitución”. Y remata: “En suma: el Poder Judicial casi siempre puede, pero no siempre debe interferir. Tener una evaluación criteriosa de la propia capacidad institucional y optar por no ejercer el poder, en autolimitación espontánea, antes eleva que disminuye”.
Lo que se ha visto, sin embargo, en Brasil es un Poder Judicial cada vez más propenso a invadir el mérito de los actos administrativos, mediante el control de la administración pública en acciones populares o acciones civiles públicas, incluso en el campo de la improbidad administrativa y del monitoreo de la agenda ambiental. Bajo el pretexto de aplicar los principios que rigen la administración pública, o categorías amplias como la desviación de finalidad o la desviación de poder, el Poder Judicial sustituye la voluntad del Ejecutivo y los mandatos legales por sus propios deseos, ignorando, no pocas veces, los límites de la razonabilidad. Tras reconocer que el activismo judicial es un rasgo marcante del paisaje jurídico brasileño, Luís Roberto Barroso advirtió, en 2008, que “los riesgos de la judicialización y, sobre todo, del activismo involucran la legitimidad democrática, la politización de la justicia y la falta de capacidad institucional del Poder Judicial para decidir determinadas materias”.
Ocurre que, a veces, la ambigüedad semántica de las leyes, los conceptos jurídicos indeterminados o el silencio del legislador abren espacios para esas invasiones arbitrarias del Poder Judicial y del Ministerio Público en el terreno de los otros Poderes. El activismo, desde hace mucho tiempo, viene generando insatisfacciones en el ámbito del Ejecutivo en todo Brasil, ante la profusión de acciones de improbidad arbitrarias contra jefes de Ejecutivos de los municipios, agentes políticos, empresarios, sin hablar de la billonaria e irresponsable industria de las acciones populares. Más recientemente, hay un duro embate en la esfera federal, con injerencias indebidas del Poder Judicial sobre el Ejecutivo, con intentos indebidos de control de espacios discrecionales de los administradores por parte de los jueces. Es el momento de reflexionar más profundamente sobre los límites de la actuación judicial que involucra a la administración pública.
*ABOGADO, EXMINISTRO DE LA AGU