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Versión en español. Original en portugués

Idoneidad en la Emergencia

Artículo sobre idoneidad en la emergencia, a propósito de la respuesta del gobierno brasileño a la pandemia de coronavirus, O Globo, 2020.

Traducción del texto original.

El epicentro de la crisis del coronavirus, según consta, surgió en diciembre de 2019 en Wuhan, China. Hubo alguna divulgación en los medios orientales, sobre todo en Hong Kong, pero las alertas no fueron percibidas por Occidente, que reaccionó con gran retraso, en parte como consecuencia de omisiones del gobierno chino, que no fue transparente.

Es cierto que en Brasil los estados, las alcaldías y la Unión han hecho esfuerzos para contener la pandemia, destacándose las contrataciones de emergencia como una fórmula necesaria para fortalecer el sistema de salud pública, observadas reglas de compliance y de prudencia.

Con el agravamiento de la situación, en Brasil se sancionó la Ley 13.979, del 6 de febrero de 2020, que dispone sobre las medidas para el enfrentamiento de la amenaza. La ley trata de las contrataciones por emergencia de salud pública, con dispensa de licitación en las hipótesis allí previstas.

Así, debido a la calamidad pública, Brasil avanzó rápidamente hacia la ruptura del régimen riguroso de la Ley de Responsabilidad Fiscal, flexibilizando el gasto público, a fin de atender las necesidades asociadas al enfrentamiento del nuevo virus.

Se editó, en ese escenario, la Medida Provisoria 926, del 20/03/2020, que modifica la Ley 13.979/20, que dispone sobre los procedimientos para la adquisición de bienes, servicios e insumos de salud pública.

Diversos procedimientos se flexibilizan: simplificación del término de referencia; dispensa de presentación de los documentos de regularidad fiscal y laboral; y adendas de hasta el 50% del valor del contrato.

Además de estas nuevas normas para enfrentar la pandemia, destacamos las tradicionales herramientas del Derecho Administrativo destinadas a los momentos de crisis, como la requisición de bienes en la hipótesis de peligro público inminente; la contratación temporal de servidor sin concurso público; la dispensa de licitación en casos de emergencia o de calamidad pública.

Esa desburocratización forma parte de la cultura de la emergencia en épocas de calamidad pública. Parámetros de mercado, servicios calificados, contratos idóneos y atención a los intereses de la colectividad: eso es lo que se espera de las autoridades del sector público.

Fábio Medina Osório es abogado y fue ministro de la Abogacía General de la Unión